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Hace algunos días, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires emitió un fallo reaccionario pero consecuente con la política represiva de la gestión macrista, que permite a la policía requerir documentación a cualquier persona y en cualquier circunstancia para su identificación, siempre que “la medida sea ejercida razonablemente, tenga por finalidad  prevenir el delito y no viole una garantía constitucional.”

El fallo que contó con los votos de los jueces José Casás, Ana María Conde, Luis Francisco Lozano e Inés Weinberg, no sólo nos evoca de inmediato a la etapa más dura que vivió la Argentina al configurar un avasallamiento a las libertades civiles e individuales, sino que además viene a legitimar una práctica nefasta que nunca desapareció (la averiguación de antecedentes): este pronunciamiento no casualmente se da en el marco del traspaso de la policía federal a la esfera del gobierno porteño que ahora contará con un enorme aparato represivo.

El Tribunal Superior revocó de esta manera un fallo de segunda instancia, donde la Cámara de Apelaciones en lo Penal,Contravencional y de Faltas había dictaminado la nulidad de un procedimiento policial al considerar que el personal de esta fuerza no cuenta con la facultad de solicitar el documento de identidad, y por lo tanto dicho requerimiento podría ser asimilable a una privación de la libertad ambulatoria si no existiera una orden judicial escrita.

Lo temerario del pronunciamiento del alto Tribunal porteño radica en que se deja al “criterio” de los oficiales de turno la solicitud de documentos, puesto que la justicia ha tratado de dejar bien en claro que la función de la policía es “prevenir el delito”; justamente, la misma policía corrupta que es parte del delito, que integra y protege las redes de trata y explotación, los prostíbulos, el narcotráfico y manda a robara los pibes pobres para ellos ( y si los pibes se niegan,los muele a palos en los calabozos y los desaparece).

Varios organismos de Derechos Humanos han repudiado el fallo del Tribunal Superior al considerar que el mismo no se encuentradebidamente fundamentado, no cita antecedentes jurisprudenciales y sobre todo, ignora por completo el caso de Walter Bulacio (joven de 17 años que murió por la paliza propinada por policías federales en una comisaría, luego que lo llevaran ahí por averiguación de antecedentes en el año 1991) que llegó hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos en donde se condenó al Estado Argentino a que modifique su legislación para eliminar esta práctica policial.

Este fallo ha dado el fundamento institucional necesario para la estigmatización represiva de la pobreza y de la juventud de la clase trabajadora, mientras que algunos sectores de la clase media y media alta de derecha celebran esta decisión de la justicia burguesa que bien protege sus intereses; exclaman sin empacho que “de esta forma se puede combatir mejor la inseguridad” (mejor que marche preso un pibe pobre por las dudas) y también el tan lamentablemente clásico, acuñado al calor de la última dictadura “sino hiciste nada raro, no tenés porqué temer”: habría que preguntarles a los familiares de Walter Bulacio, Luciano Arruga, Ismael Sosa y los miles de pibes que han muerto por el “gatillo fácil” del brazo represivo del Estado y otros tantos miles que son torturados en comisarías de todo el país, si algo habrán hecho.

 

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