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Anexo A

Reglamento electoral de conformidad a la Carta Orgánica:

A.-Las listas que se presenten deberán ajustar la proporción de sus miembros a lo prescripto en la Ley N° 27.412 y contar con el apoyo de no menos del 5 % del padrón de afiliados.

B.-Las listas deberán adoptar un color para identificarse, nombrar un apoderado y constituir un domicilio especial donde serán válidas las notificaciones de la Junta Electoral.

C.-Vencido el término de presentación de las listas de la Junta Electoralresolverá sobre la oficialización de las mismas.

Si observase alguna lista deberá otorgarle 48 horas para subsanar los errores o cumplir los requisitos faltantes. Pasados cinco días sin resolución expresa la lista se considerara oficializada.

Si se hubiere oficializado una sola lista, será proclamada en forma automática(conf. Art. 25 Carta Orgánica partidaria.)

D.-Los cargos se distribuirán en la siguiente forma:

Se dividirá el número de votos emitidos por el número de cargos a cubrir en cada organismo, obteniéndose de esa forma el cociente electoral.

El número de votos de cada lista se dividirá por el cociente, obteniéndose así el número de cargos que le corresponda

Si quedaren cargos sin distribuir, se otorgará a la lista o listas que obtengan la fracción mayor en orden decreciente.

E.- Que para ser candidato en las presentes elecciones es requisito estar afiliado al partido, y que por tratarse de la primera elección, no será requerida la antigüedad en dicha afiliación.

Elena Raquel Vallenari         Paola Georgina Habib           Juan Enrique Fazio

    DNI 6.289.276                    DNI 31.017.337                      DNI 10.460.677.



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