Socialismo o Barbarie, periódico Nº 133, 14/08/08
 

 

 

 

 

 

El sistema no respeta ni sus reglas

Sembrando miedo para abaratar costos

Por Patricio, agrupación ALI
Abogados Laboralistas de Izquierda

Después de una breve interrupción en la publicación de la columna de los Abogados Laboralistas de Izquierda (ALI) retornamos con un artículo que aborda una nueva e incipiente figura legal denominada “mobbing”. Esta nueva construcción legal, intenta poner freno y “castigar” el hostigamiento, el acoso psicológico, y la persecución que sufren los trabajadores por parte de su empleador en los lugares de trabajos. También seguimos respondiendo las dudas e inquietudes legales que nos acercan los lectores de SoB a ali@mas.org.ar

Parece que estamos llegando a una situación tal dentro de este sistema que ya no le es posible siquiera cumplir con las reglas autoimpuestas para la explotación. Se están creando tretas que vulneran el mismo ordenamiento jurídico, y esto es necesario porque ya no alcanza con sólo robar lo que producen a quienes lo hacen, es decir, nosotros.

Una de las prácticas que se ha ido generalizando en los últimos 15 años en el ámbito laboral es el mobbing. Sin ir a definiciones académicas o de diccionario, el mobbing implica las persecuciones que sufre el trabajador por parte de su empleador o de un superior jerárquico, instrumento utilizado como herramienta ejecutiva de los deseos patronales.

El objetivo de esta actividad es denigrar al trabajador infundiendo temor para evitar la formación de lazos de solidaridad entre los trabajadores en los reclamos por el reconocimiento de derechos y mejoras en las condiciones de trabajo. Ese miedo tiene como consecuencia económica la reducción del personal, disminuyendo costos para la empresa y aumentando la explotación de los trabajadores, a quienes no les queda más que aceptar esta situación si no quieren formar parte de la masa de desocupados. También es frecuente que el patrón apele a esta estrategia de mobbing para deshacerse de aquellos empleados molestos por su participación activa en la defensa de los derechos propios y de sus compañeros. De esta forma mata dos pájaros de un tiro: por un lado se quita de encima a quien le impide aumentar sus ganancias y por otro amedrenta al resto de los trabajadores, dejándolos indefensos.

Son diversos los modos de ejercer el mobbing. Centrándonos en los ataques en la actividad que realiza el empleado en general, están vinculados al exceso de trabajo, la dificultad de las tareas asignadas o realizar tareas de inferior calificación o poco gratificantes. Otras formas de acoso son la aparición de informes excesivamente negativos sobre el desempeño de determinados empleados, las revisaciones a la entrada o salida de la fábrica, en particular sometiendo a tratos humillantes, partes médicos con excesivo rigor que no dan los suficientes días de recuperación, etc.

Existen muchas otras prácticas asociadas al mobbing que cada uno sabrá reconocer por las particularidades de su trabajo. Lo importante es que estas formas de persecución se producen en forma combinada durante un período de tiempo para desgastar a la víctima. No sólo para aumentar la explotación de la persona, sino para quebrarla física y psicológicamente y lograr su dimisión voluntaria. Es fácil ver como se establece un círculo vicioso del que el trabajador no puede escapar: el mobbing produce un rigor sobre la persona que lo hace enfermarse y faltar en reiteradas oportunidades, y esto, a su vez, le da al empleador un arma de amenaza para el despido.

La única manera de actuar contra esta nueva práctica es la unión de los trabajadores y su solidaridad al reconocerse miembros de una misma clase. El empleador no puede llevar adelante su plan de quebrantamiento sobre el trabajador en cuestión sin la complicidad, pasiva o activa, de los compañeros de éste. Será activa cuando algún superior jerárquico actúe como brazo del empleador en la persecución. Será pasiva cuando se someta a la victima del mobbing a una situación de vacío, al dejar desarrollarse las actitudes patronales sin una protesta de los trabajadores en defensa de los derechos del compañero.

Debemos recordar que los derechos avasallados de uno son los derechos avasallados de todos. Lo que se trata de eliminar mediante esta práctica es a quienes no se adapten a un sistema impuesto. Los que acepten las nuevas reglas estarán listos para ser más explotados hasta que un día el patrón decida que no es suficiente, ya que siempre su objetivo será lograr mayores ganancias, y para eso debe avanzar sobre los derechos de los trabajadores, porque son la barrera que le impide enriquecer sus arcas. Seguramente le será más costoso levantar esta barrera si están todos los trabajadores en la barricada y no sólo la víctima del caso concreto.

Quien no acepta un cambio de turno o de puesto no deseado, una jubilación anticipada, una reducción de salario o la renuncia a sus derechos sindicales no está peleando sólo por su libertad sino por la de todos, y por eso hay que defenderlo.

La mejor opción para contrarrestar este despreciable accionar de la patronal del mobbing es recurrir a la solidaridad de sus propios compañeros y/o la asociación sindical si es que es no se encuentra cooptada por los intereses de la patronal.

En el plano jurídico existe un vacío legal, toda vez que no se encuentran reglamentadas las sanciones al mobbing. Sin embargo, existe una nueva corriente jurisprudencial, avalada por algunos jueces, que reconocen la existencia del mobbing y castigándolo con una reparación al trabajador, como se ha dado en los fallos “Dufey”, “Correa Cerpa”, “Luques” y “Parra Vera”, entre otros, sancionando la conducta empresarial. En todo caso, siempre es aconsejable buscar asesoramiento en un profesional de confianza, aunque, como dijimos, fundamentalmente debe haber apoyo en el lugar de trabajo, ya que cuando éste no existe se está aceptando pasivamente esta práctica o culpabilizando a la víctima.