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El sistema no respeta ni sus
reglas
Sembrando miedo para abaratar
costos
Por Patricio, agrupación ALI
Abogados
Laboralistas de Izquierda
Después de una breve interrupción
en la publicación de la columna de los Abogados
Laboralistas de Izquierda (ALI) retornamos con un artículo
que aborda una nueva e incipiente figura legal denominada “mobbing”.
Esta nueva construcción legal, intenta poner freno y
“castigar” el hostigamiento, el acoso psicológico, y la
persecución que sufren los trabajadores por parte de su
empleador en los lugares de trabajos. También seguimos
respondiendo las dudas e inquietudes legales que nos acercan
los lectores de SoB a ali@mas.org.ar
Parece que estamos llegando a
una situación tal dentro de este sistema que ya no le es
posible siquiera cumplir con las reglas autoimpuestas para
la explotación. Se están creando tretas que vulneran el
mismo ordenamiento jurídico, y esto es necesario porque ya
no alcanza con sólo robar lo que producen a quienes lo
hacen, es decir, nosotros.
Una de las prácticas que se ha
ido generalizando en los últimos 15 años en el ámbito
laboral es el mobbing.
Sin ir a definiciones académicas o de diccionario, el mobbing
implica las persecuciones
que sufre el trabajador por parte de su empleador o de un
superior jerárquico, instrumento utilizado como herramienta
ejecutiva de los deseos patronales.
El objetivo de esta actividad es
denigrar al
trabajador infundiendo temor para evitar la formación
de lazos de solidaridad entre los trabajadores en los
reclamos por el reconocimiento de derechos y mejoras en las
condiciones de trabajo. Ese miedo tiene como consecuencia
económica la reducción del personal, disminuyendo costos
para la empresa y aumentando la explotación de los
trabajadores, a quienes no les queda más que aceptar esta
situación si no quieren formar parte de la masa de
desocupados. También es frecuente que el patrón apele a
esta estrategia de mobbing para deshacerse de aquellos empleados molestos por su
participación activa en la defensa de los derechos propios
y de sus compañeros. De esta forma mata dos pájaros de un
tiro: por un lado se quita de encima a quien le impide
aumentar sus ganancias y por otro amedrenta al resto de los
trabajadores, dejándolos indefensos.
Son diversos los modos de
ejercer el mobbing.
Centrándonos en los ataques en la actividad que realiza el
empleado en general, están vinculados al exceso de trabajo,
la dificultad de las tareas asignadas o realizar tareas de
inferior calificación o poco gratificantes. Otras formas de
acoso son la aparición de informes excesivamente negativos
sobre el desempeño de determinados empleados, las
revisaciones a la entrada o salida de la fábrica, en
particular sometiendo a tratos humillantes, partes médicos
con excesivo rigor que no dan los suficientes días de
recuperación, etc.
Existen muchas otras prácticas
asociadas al mobbing
que cada uno sabrá reconocer por las particularidades de su
trabajo. Lo importante es que estas formas de persecución
se producen en forma combinada durante un período de tiempo
para desgastar a la víctima. No sólo para aumentar la
explotación de la persona, sino para quebrarla física y
psicológicamente y lograr su dimisión voluntaria. Es fácil
ver como se establece un círculo vicioso del que el
trabajador no puede escapar: el mobbing
produce un rigor sobre la persona que lo hace enfermarse y
faltar en reiteradas oportunidades, y esto, a su vez, le da
al empleador un arma de amenaza para el despido.
La única manera de actuar
contra esta nueva práctica es la unión de los trabajadores
y su solidaridad al reconocerse miembros de una misma clase.
El empleador no puede llevar adelante su plan de
quebrantamiento sobre el trabajador en cuestión sin la
complicidad, pasiva o activa, de los compañeros de éste.
Será activa cuando algún superior jerárquico actúe como
brazo del empleador en la persecución. Será pasiva cuando
se someta a la victima del mobbing
a una situación de vacío, al dejar desarrollarse las
actitudes patronales sin una protesta de los trabajadores en
defensa de los derechos del compañero.
Debemos recordar que los
derechos avasallados de uno son los derechos avasallados de
todos. Lo que se trata de eliminar mediante esta práctica
es a quienes no se adapten a un sistema impuesto. Los que
acepten las nuevas reglas estarán listos para ser más
explotados hasta que un día el patrón decida que no es
suficiente, ya que siempre su objetivo será lograr mayores
ganancias, y para eso debe avanzar sobre los derechos de los
trabajadores, porque son la barrera que le impide enriquecer
sus arcas. Seguramente le será más costoso levantar esta
barrera si están todos los trabajadores en la barricada y
no sólo la víctima del caso concreto.
Quien no acepta un cambio de
turno o de puesto no deseado, una jubilación anticipada,
una reducción de salario o la renuncia a sus derechos
sindicales no está peleando sólo por su libertad sino por
la de todos, y por eso hay que defenderlo.
La mejor opción para
contrarrestar este despreciable accionar de la patronal del mobbing
es recurrir a la solidaridad de sus propios compañeros y/o
la asociación sindical si es que es no se encuentra
cooptada por los intereses de la patronal.
En el plano jurídico existe un
vacío legal, toda vez que no se encuentran reglamentadas
las sanciones al mobbing.
Sin embargo, existe una nueva corriente jurisprudencial,
avalada por algunos jueces, que reconocen la existencia del mobbing
y castigándolo con una reparación al trabajador, como se
ha dado en los fallos “Dufey”, “Correa Cerpa”,
“Luques” y “Parra Vera”, entre otros, sancionando la
conducta empresarial. En todo caso, siempre es aconsejable
buscar asesoramiento en un profesional de confianza, aunque,
como dijimos, fundamentalmente debe haber apoyo en el lugar
de trabajo, ya que cuando éste no existe se está aceptando
pasivamente esta práctica o culpabilizando a la víctima.
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